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A los padres es bueno enseñarles, no solamente juegos y actividades, sino también como usar los juguetes en el hogar. En este sentido, pueden adaptarse las anteriores recomendaciones, a las cuales podemos añadir las siguientes:

Los hijos deben escoger libremente sus juguetes, por lo que los padres no deben imponerles sus propios gustos. Solo es aconsejable realizar alguna intervención cuando el niño o la niña seleccionan un juguete no adecuado para su edad y desarrollo.

Los padres deben dejar jugar a sus hijos con sus juguetes. No es infrecuente que se le compre al hijo un juguete, y luego sea el padre o madre el que juegue con el objeto. Por otra parte, el juguete que se le compra al niño o niña es para su uso voluntario y no para tenerlo de exhibición. En más de una ocasión hemos conocido de casos en que la niña, por ejemplo, tiene una colección de muñecas con las que nunca ha jugado, pues los padres le han coartado su uso, porque "las rompen", o " ha costado mucho dinero".

Los padres han de saber que el juguete más costoso no es siempre el mejor, y han de preguntar a los educadores respecto a cuales adquirir para sus hijos. También en ocasiones se ve a padres que compran un juguete que les parece "lindo", y que luego el hijo o hija no disfrutan, y dejan pasar por alto otro que realmente es fundamental para su desarrollo.

Aunque se redunde, los padres han de saber que el juguete no enseña a jugar, y que deben enseñar a sus hijos las acciones lúdicas, en una actividad conjunta plena de afectividad, paciencia y comprensión.

Los padres han de evitar en sus hijos la formación de una actitud consumista hacia los juguetes, y que no todo en la vida se puede tener.

Los progenitores a su vez han de enseñar a sus hijos a compartir sus juguetes con otros amiguitos, y posibilitar el contacto grupal de los mismos.

 

Padre y madre han de jugar indistintamente con sus hijos varones y hembras, y en ocasiones hacer de esto un evento que agrupe a toda su familia nuclear.

Al igual que con los educadores, muchas otras recomendaciones pudieran darse a los padres para el mejor uso de los juguetes con sus hijos, vayan estos pocos consejos como un alerta inicial de los que han de tomar en cuenta en la educación de sus hijos.

Así, el juguete expresa su importancia como elemento desarrollador de la formación y educación de los niños y las niñas, y destacan sus enormes potencialidades para la estimulación de todas sus inteligencias.

Epilogo

Jugar es la primera y principal, no solo actividad, sino obligación de los niños y niñas. Por eso su concepción deberá estar expresamente pensada para ellos y cumplir una serie de normas de seguridad que no se fijan de manera aleatoria ni gratuita, sino tras un largo estudio por parte de los expertos.

Desde el juguete de lata hasta nuestros días, la evolución de la seguridad en el juguete ha sido constante e incluso, en algunos aspectos, espectacular. El uso de nuevos materiales o diseños especiales, entre otras medidas, están enfocados a lograr que el juego del niño o niña sea, ante todo, un juego seguro.

El Consejo de Ministros del 30 de junio de 1990 aprobó el Real Decreto que confirma la adopción en España de la Directiva 88/378 del Consejo de las Comunidades Europeas, sobre seguridad de los juguetes. En su Anexo II, este Real Decreto detalla los riesgos particulares a evitar en la fabricación de los juguetes y de los materiales que los componen, considerando las razones de uso de los mismos y la edad de los niños o niñas a los que van destinados.

El Real Decreto divide los riesgos en cinco grandes grupos: propiedades físicas y mecánicas, propiedades químicas, propiedades eléctricas, higiene y radiactividad. Un pequeño repaso de los principales aspectos analizados nos permitirán profundizar en los puntos más importantes de la seguridad de los juguetes.

En el aspecto relacionado con las propiedades físicas y mecánicas, se exige la comprobación de la resistencia mecánica de los juguetes y de cada una de sus partes, para evitar que la rotura o deformación de los mismos pueda causar heridas. Hace hincapié también en los riesgos derivados de los bordes y puntas accesibles de los juguetes. Dentro de este apartado las normas son especialmente exigentes en lo que a los niños o niñas menores de 36 meses se refiere.

Con respecto a la inflamabilidad se recogen las condiciones que al respecto deben cumplir los juguetes y los materiales de composición. Así, en caso de contacto con el fuego la llama ha de apagarse cuando se retire el juguete del foco, y, en caso de arder, ha de hacerlo lentamente y con poca velocidad de propagación de la llama.

Para evitar el riesgo de inflamabilidad no se permite el uso de celuloide, ni de materiales de superficie filosa que presenten un efecto relámpago al aproximarlo a la llama. Por otra parte, los juguetes no deben contener gases, sustancias ni líquidos inflamables o susceptibles de serlos en contacto con otros elementos.

En el apartado de las propiedades químicas, la normativa especifica: "los juguetes serán diseñados y fabricados de forma que su ingestión, inhalación, contacto con la piel, las mucosas o los ojos no presenten riesgos para la salud o peligro de heridas".

se establecen, además, una serie de limitaciones en el uso del plomo, antimonio, arsénico, bario, cadmio, cromo, mercurio y selenio.

En cuanto a la higiene y la radioactividad, los juguetes deben ser concebidos y fabricados de manera que se satisfagan las condiciones de higiene y limpieza a fin de evitar los riesgos de infección, enfermedad y contagio. Asimismo, no podrán contener elementos o sustancias radioactivas en proporción perjudiciales para la salud.

Pero tenemos que tener siempre presente que la seguridad de un juguete no depende exclusivamente de su concepción, diseño y fabricación. Un factor fundamental en la seguridad de estos es la correcta elección de los mismos en función de la edad y capacidad intelectual de los niños o niñas.

 

 

 

 

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