NUESTRO MODELO DE CENTRO

CAPITULO 3

LA EDUCACIÓN DE LA PRIMERA INFANCIA EN LOS INFORMES INTERNACIONALES

No es hasta principios del siglo XX que la vida de los niños fue considerada de interés o preocupación por la comunidad internacional. Así, en el año 1920, surge la Unión Internacional de Socorro a los Niños, que luego refrenda en 1923 la primera Declaración de los Derechos del Niño. Esta Declaración, que fue llamada Ginebra Uno, fue aprobada por la 5ª Asamblea General de la entonces Sociedad de Naciones, en 1924.

Esta Declaración contenía cinco principios fundamentales para la atención y cuidado del niño, a saber:

a) que el niño debería tener la posibilidad de un desarrollo normal, físico y psíquico;

b) que un niño hambriento debería ser alimentado;

c) que un niño maltratado, debía ser atendido;

d) que un niño enfermo, tenía que ser cuidado;

e)  si un niño es huérfano o abandonado, ha de  ser atendido.

Además, la Declaración de Ginebra estableció que los niños, en caso de cualquier catástrofe, deberían ser los primeros asistidos. Que de igual manera, se debía  prohibir el trabajo de los niños y protegerles contra cualquier tipo de explotación. Y que los niños debían ser educados en la convicción de que la mejor virtud es servir a su prójimo.

La Declaración de Ginebra fue un extraordinario paso de avance en lo referente a la atención y cuidado del niño como ser humano, descansando fundamentalmente en el aspecto de su cuidado como individuo, sin incidir directamente en su derecho a la educación. Este derecho se recoge en la Declaración Universal de los Derechos del Niño, documento primero que establece lo que el niño como ser humano requiere para un normal crecimiento y desarrollo y su conversión en un ciudadano apto, intelectualmente y afectivamente capaz, y competente para jugar el papel social que le corresponde en el mundo actual.

Esta Declaración, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1959, establece entre algunos de sus considerandos que las Naciones Unidas han proclamado en la Declaración Universal de Derechos Humanos que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en ella, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquiera otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquiera otra condición, y que el niño por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento,  y considerando que la humanidad debe al niño lo mejor que puede darle, proclamó que para que este pueda tener una infancia feliz y gozar, en su propio bien y en bien de la sociedad, de los derechos y libertades que en ella se enuncian, insta a los padres, a los hombres y mujeres individualmente y a las organizaciones particulares, autoridades locales y gobiernos nacionales a que reconozcan esos derechos y luchen por su observancia con medidas legislativas y de otra índole adoptadas.

Para ello establece una serie de principios que materializan las intenciones de estos considerandos, entre los que ya mas referidos de manera directa o indirecta al niño y su derecho a su atención y educación se encuentran:

El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento y otra condición, ya sea del propio niño o de su familia”. (principio 1)

Agregando que por su falta de madurez física y mental:

“El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la Ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño”. (principio 2).

En este sentido agrega que:

“El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad necesita amor y comprensión. Siempre que deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole”. (principio 6).

Para garantizar estos propósitos se hace necesario el concurso educativo. La Declaración en este sentido establece:

“El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.

El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.

El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deberán estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzaran por promover el goce de este derecho”. (principio 7).

Para el logro de todo esto concluye que:

El niño debe ser protegido contra las practicas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquiera otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes”. (principio 10).

Tomando como base esta Declaración, en noviembre de 1989 se refrenda la Resolución 44/25 sobre la Convención de los Derechos del Niño y que en mas de cincuenta artículos establece de manera firme y clara que a partir del hecho reconocido de que la infancia tiene derecho a cuidados y asistencias especiales, que el niño debe recibir la protección y asistencia necesarias, que ha de crecer en el seno de una familia en un ambiente de felicidad, amor y comprensión, que debe ser educado y preparado para la vida, y recordando sus derechos sociales y jurídicos, insta a los Estados a respetar estos derechos y a asegurar su aplicación, para lo cual han de tomar las medidas apropiadas para garantizar el compromiso que asumen en esta Convención.

La Convención explicita de manera amplia todas las acciones necesarias a llevar a cabo para el mejor desarrollo del niño, de la cual, por su marcada relación a los fines de este documento se extraen algunas ideas principales de su articulado:

“Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley, y con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas que estimen pertinentes”... (artículo 3).

“Los Estados partes reconocen el derecho del niño al disfrute del mas alto nivel posible de salud y servicios”... (artículo 24).

“Los Estados Partes reconocen el derecho de todo niño a un nivel adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social”... (artículo 27).

Por su relación con la educación y el desarrollo sano del niño, es indispensable reflejar también lo siguiente:

“Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación”... (artículo 28).

“Los Estados Partes convienen en que la educación del niño deberá estar encaminada a:

a) Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades;

b) Inculcar al niño el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y de los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas;

c) Inculcar al niño el respeto de sus padres, de su propia identidad cultural, de su idioma y sus valores, de los valores nacionales del país en que vive, del país de que sea originario y de las civilizaciones distintas de la suya;

d) Preparar al niño para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos, nacionales y religiosos y personas de origen indígena;

e) Inculcar al niño el respeto del medio ambiente natural. (todas las cláusulas del artículo 29)

“Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes” (artículo 31).

Sin embargo, en todas estas resoluciones se destaca a la niñez en su conjunto, sin particularizar específicamente en la primera infancia. Es a partir de la Conferencia Mundial Educación para Todos, celebrada en Jomtiem, Tailandia, en marzo de 1990, que esto, a partir de los principios generales planteados en la Convención, se precisa en términos mas detallados. Así, la Conferencia Mundial EDUCACIÓN PARA TODOS, acuñó la noción de necesidades básicas de aprendizaje como un concepto que abarca:

“Tanto las herramientas esenciales para el aprendizaje (como la lectura y la escritura, la expresión oral, el cálculo, la solución de problemas) como los contenidos básicos de aprendizaje y desarrollo (conocimientos teóricos y prácticos, valores y actitudes) necesarios para que los seres humanos puedan sobrevivir, desarrollar plenamente sus capacidades, vivir y trabajar con dignidad, participar plenamente en el desarrollo, mejorar la calidad de su vida, tomar decisiones fundamentales y continuar aprendiendo”.

La escuela universal implícita en dicha noción, significa que todos accedan a un cuerpo común de conocimientos y valores, que ha de contener las destrezas requeridas para que quienes lo deseen puedan seguir avanzando hacia niveles más exigentes de comprensión y análisis. Para que esto sea posible, en los primeros años de la vida deben asegurar precisamente aquellas competencias básicas.

En la Declaración Final se incluyó, como elemento central de la ampliación de los medios y el alcance de la educación básica, lo siguiente:

“La educación comienza con el nacimiento. Ello exige el cuidado temprano y la educación inicial de la infancia, lo que puede conseguirse mediante medidas destinadas a la familia, la comunidad o las instituciones, según convenga”.

Asimismo, el marco de acción resultante de esta importante reunión recomendaba:

La expansión del cuidado a la primera infancia y las actividades de desarrollo, incluyendo intervenciones por parte de la comunidad y la familia, especialmente para niños pobres, desfavorecidos e incapacitados”.

Reafirmando el significado de esta Declaración Mundial, en junio de 1996 se publicó, en diversos e importantes diarios del mundo, el artículo “La educación, la mejor inversión” suscrito por los máximos dirigentes de la UNESCO, de UNICEF, del Banco Mundial, del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo y del Fondo de Población de las Naciones Unidas. En dicho artículo, estas personalidades expresaron que resulta inaceptable que en el mundo se gaste, en aquellas fechas, 800 billones de dólares anuales en armas y que no haya capacidad de destinar unos 6 billones de dólares por año para que en el año 2000 todos los niños en edad escolar puedan estar en la escuela.

En línea y tal vez a continuación con lo anterior, se realiza el informe “La educación encierra un tesoro” por una Comisión Internacional sobre la Educación para el siglo XXI patrocinada por la UNESCO en 1996. Esta Comisión, presidida por J. Delors, trató de resolver una cuestión fundamental que engloba todas las demás: ¿Qué tipo de educación será necesario mañana y para qué tipo de sociedad?

Para hacer frente a los retos del siglo XXI, se plantea como indispensable asignar nuevos objetivos a la educación y, por consiguiente, modificar la idea que nos hacemos de su utilidad. Plantea trascender una visión puramente instrumental de la educación, percibida como la vía obligada para obtener determinados resultados (experiencia práctica, adquisición de capacidades diversas, fines económicos) y, más bien, considerar su función en toda su plenitud asociada a la realización de la persona. “La educación –agrega– constituye un bien colectivo que no puede regularse mediante el simple funcionamiento del mercado”. “La finalidad principal de la educación es el pleno desarrollo del ser humano en su dimensión social”. La educación a lo largo de toda la vida y la necesidad de avanzar hacia una “sociedad educativa” son, a juicio de la Comisión Delors, elementos claves para entrar al siglo XXI.

La educación a lo largo de la vida no es un ideal lejano. Es un imperativo democrático. Con ella se pretende que cada individuo ejerza la capacidad de dirigir su destino en un mundo en que la aceleración del cambio, acompañada del fenómeno de globalización, tiende a modificar la relación de hombres y mujeres con el tiempo y el espacio.

Una contribución central de este informe es su caracterización en cuatro aprendizajes fundamentales o pilares del conocimiento, indispensables para que una educación de este tipo pueda cumplir el conjunto de funciones que le demanda el siglo XXI:

  • Aprender a conocer. Dada la rapidez de los cambios inducidos por el progreso de la ciencia y las nuevas formas de actividad económica y social, es indispensable tratar de combinar una cultura general suficientemente amplia con la posibilidad permanente de profundizar conocimientos en un reducido número de materias. Esta cultura general sigue siendo lo más importante en el hecho educativo pues contribuye como pasaporte para una educación permanente, sentando las bases y dando alicientes para aprovechar las posibilidades y desarrollar distintas expresiones que ofrece la educación a lo largo de la vida.
  • Aprender a hacer. Más allá del aprendizaje de un oficio o de una profesión, se requiere adquirir, en un sentido más amplio, competencias que permitan hacer frente a nuevas situaciones.
  • Aprender a ser. El siglo XXI demanda una mayor capacidad de autonomía y de juicio, una mayor responsabilidad personal en la realización del destino colectivo.
  • Aprender a vivir juntos. Clave para la construcción de la paz y de un mundo tolerante. Será necesario la creación de nuevos sistemas educativos que desarrollen un mejor conocimiento de los demás, de su historia, de sus tradiciones y costumbres, de sus lenguas y de su espiritualidad. Aprender a convivir alentará la realización de proyectos comunes y una gestión pacífica e inteligente de los conflictos entre personas y países.

La Comisión Delors asigna a la educación básica la connotación de “un pasaporte para toda la vida”, subrayando la importancia de la educación de la primera infancia con estas frases:

“Además del inicio de socialización que los centros y programas permiten efectuar, se ha podido comprobar que los niños a los que se les imparte una educación destinada especialmente a la primera infancia están más favorablemente dispuestos hacia la escuela y es menos probable que la abandonen prematuramente que los que no han tenido esa posibilidad. Una escolarización iniciada tempranamente puede contribuir a la igualdad de oportunidades al ayudar a superar los obstáculos iniciales de la pobreza o de un entorno social o cultural desfavorecido. Puede facilitar considerablemente la integración escolar de los niños procedentes de familias inmigradas o de minorías culturales o lingüísticas. Además, la existencia de estructuras educativas que acogen a niños en edad preescolar facilita la participación de las mujeres en la vida social y económica”.

Sin embargo, de lo anterior, el Informe Delors lamenta que la educación de la primera infancia esté todavía muy poco desarrollada en la mayoría de los países, y que aún en los más industrializados hay mucho por hacer. Sugiere la generación de programas de bajo costo en el marco de servicios comunitarios con fuerte presencia de padres, en particular, en aquellos países de escasos recursos.

Conscientes de la necesidad de políticas educativas de largo plazo y de mecanismos que puedan garantizar la estabilidad y duración de los programas educativos, los miembros de la Comisión Delors destacan la ineludible función del Estado en la educación (bien colectivo que debe ser accesible a todos y que no puede someterse a una simple regulación por el mercado) pero, a la vez, corresponde al orden político fortalecer a la sociedad civil para participar en la formulación de las políticas, en la vigilancia de su cumplimiento y en la realización de las estrategias educativas.

Todo lo anterior fue nuevamente refrendado por el Foro Mundial sobre la Educación de la Asamblea General de la ONU realizado en Dakkar, en abril del 2000, o Marco de Acción de Dakar Educación para Todos, que tomando en consideración la necesidad de la protección especial enunciada en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y en la Declaración de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre de 1959, y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en particular, en los artículos 23 y 24), en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en particular, en el artículo 10) y en los estatutos e instrumentos pertinentes de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño, reiteró entre sus planteamientos importantes:

“Nos reafirmamos en la idea de la Declaración Mundial sobre Educación para Todos (Jomtien, 1990), respaldada por la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño, de que todos los niños, jóvenes y adultos, en su condición de seres humanos tienen derecho a beneficiarse de una educación que satisfaga sus necesidades básicas de aprendizaje en la acepción más noble y más plena del término, una educación que comprenda aprender a asimilar conocimientos, a hacer, a vivir con los demás y a ser. Una educación orientada a explotar los talentos y capacidades de cada persona y desarrollarla personalidad del educando, con objeto de que mejore su vida y transforme la sociedad”. (apartado 3).

“La educación es un derecho humano fundamental, y como tal es un elemento clave del desarrollo sostenible y de la paz y estabilidad en cada país y entre las naciones, y, por consiguiente, un medio indispensable para participar en los sistemas sociales y económicos del siglo XXI, afectados por una rápida mundialización. Ya no se debería posponer más el logro de los objetivos de la Educación para Todos. Se puede y debe atender con toda urgencia a las necesidades básicas de aprendizaje”. (apartado 6).

Estos compromisos se generalizan a todos los niveles y necesidades de la educación, singularizando en su apartado 7, lo referido a la educación de la primera infancia, respecto a la cual se comprometen con el siguiente objetivo:

“Extender y mejorar la protección y educación integrales de la primera infancia, especialmente para los niños más vulnerables y desfavorecidos”... (inciso i).

Tras Dakar, otro informe internacional de radical importancia respecto a la educación de la primera infancia y que refuerza considerablemente la idea y concepción de la significación de esta edad para el desarrollo del individuo, lo es la Declaración de Panamá, de julio del año 2000.

En esta Declaración, las ministras y ministros de educación de los países iberoamericanos, conciertan una serie de acuerdos de extrema relevancia, en el que reconociendo el pronunciamiento hecho en la Declaración de La Habana, de la IX Conferencia Iberoamericana de Educación, en que se señala la necesidad de “reforzar la educación inicial para favorecer un mejor desempeño de los niños en grados posteriores y como factor de compensación de desigualdades”, los compromisos expresados igualmente en la Convención de los Derechos del Niño, la Cumbre Mundial a favor de la Infancia, La Cuarta Reunión Ministerial Americana sobre Infancia y Política Social, las Declaraciones de Jomtiem y de Dakar, así como otros pronunciamientos internacionales y regionales referidos a la atención de los niños como es el Marco de Acción regional de Santo Domingo, ponen de manifiesto que para lograr una educación de calidad para todos se requiere impulsar la educación de la primera infancia.

La Declaración de Panamá en este sentido se plantea una serie de considerandos de los cuales parte para establecer acuerdos que resultan trascendentales para la atención y educación de los niños en la primera infancia. Entre estos considerandos referidos expresamente a esta etapa del desarrollo del individuo se expresan, entre otros:

q Que la educación es un proceso social interrumpido que comienza desde el momento de la concepción y se extiende a lo largo de toda la vida, y dentro de ella, la educación inicial (desde el nacimiento y hasta la educación primaria o básica, según las distintas acepciones en los países) es una etapa en si misma, en la cual se sientan las bases para la formación de la personalidad, el aprendizaje, el desarrollo afectivo, la capacidad de diálogo y tolerancia en las relaciones interpersonales, así como el entendimiento entre pueblos y culturas.

q Que la educación inicial es uno de los factores estratégicos para garantizar la equidad, disminuir los efectos de la pobreza, y promover justicia en pos de la consolidación de la democracia, la convivencia social, así como en el apoyo al desarrollo económico y a la competitividad de nuestros países.

q Que una educación inicial de calidad contribuye a disminuir los índices de repitencia, deserción y sobreedad en los siguientes niveles, constituyendo así una inversión de alta rentabilidad social que impacta en la eficacia y eficiencia interna de los sistemas educativos.

q Que, para asegurar la calidad del nivel inicial, son necesarias políticas públicas, amplias e integrales, que involucren a todos los sectores y actores sociales, así como una articulación armoniosa y corresponsable entre las familias, las comunidades locales, las organizaciones sociales y las instituciones educativas.

Otros considerandos son de igual manera importantes como son los referidos a las funciones indelegables que tienen los Estados de complementar la función educativa de las familias, y que las autoridades educativos tienen la obligación de diseñar y promover políticas orientadas al fortalecimiento de la educación inicial; y que son necesarios grandes esfuerzos para la extensión de este sistema educativo previo a la educación obligatoria.

Sobre estos considerandos, la Declaración de Panamá confirma acuerdos que, previamente delineados en los anteriores encuentros internacionales, se refrendan de forma mucho más enfática en la misma, los cuales se reflejan total o parcialmente a continuación, tales como:

“Reafirmamos una vez mas el valor de la educación inicial como una etapa fundamental para el desarrollo de la personalidad, el logro de una educación de calidad para todos, y para la construcción de la ciudadanía de los niños iberoamericanos, su capacidad de aprendizaje, de relacionarse con los demás, y de realizarse como seres humanos”. (acuerdo 5).

“Realizaremos esfuerzos para que la asignación de recursos económicos y financieros previstos en los presupuestos nacionales, y los provenientes de la cooperación internacional, expresen la importancia de la educación inicial en el marco de las políticas de infancia como un indicador de la voluntad de los estados hacia este nivel... (acuerdo 8).

“Señalamos la importancia de fortalecer la especificidad y especialización del nivel inicial, en una estrategia de desarrollo articulado con los demás niveles del sistema educativo, ... (acuerdo 11).

“Propiciaremos instancias de formación y actualización de personal docente y de apoyo para la educación inicial... (acuerdo 12).

“Avanzaremos hacia la institucionalización de políticas y programas sostenibles de educación inicial de calidad”. (acuerdo 16).

Todo lo anterior se resume en un acuerdo final que por su importancia y extensión refleja la enorme significación que en la actualidad los países están dando a la educación de las primeras edades:

>“Instaremos a la Organización de Estados Iberoamericanos a que incorpore a su programación acciones orientadas a la promoción de la educación inicial, a través de modalidades de cooperación horizontal, y coordine con otros organismos internacionales y subregionales actividades tendientes al desarrollo del nivel inicial, tales como el diseño y desarrollo de programas focalizados, diseño y desarrollo curricular, investigaciones y estudios, diseños de materiales educativos, intercambio de experiencias”. (acuerdo 18).

Es evidente que la importancia concedida a la educación inicial a los inicios del siglo XXI revela de manera ampliamente expresada la magnitud de tal empeño, en el que se destaca una progresiva concienciación hacia la crucial significación que tiene para el desarrollo del ser humano la atención y educación de los niños desde el nacimiento y durante toda la primera infancia, base sobre la cual se ha de erigir todo el sistema de educación general del individuo.

Un informe internacional mucho mas reciente es el de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), Niños pequeños, grandes desafíos: La Educación y Cuidado de la Infancia Temprana, presentado en Estocolmo, en junio de 2001, en el cual se establecen recomendaciones a la OCDE sobre el trabajo a realizar para responder a los principales retos políticos en el campo de la infancia temprana.

A partir de una definición clara del término educación y cuidado de la infancia temprana (ECIT), que incluye todas las ofertas para el cuidado y educación para niños por debajo de la edad de escolarización obligatoria, sin importar el lugar, la financiación, el horario o el contenido de programa, en los resultados de este informe de la OCDE se subraya que los primeros años de vida constituyen el primer paso en un proceso de aprendizaje que dura toda la vida y que los servicios para la infancia temprana se consideran cada vez más, como un elemento clave de las agendas nacionales de políticas educativas, sociales y familiares.

En este informe se afirma que los países han usado distintos enfoques para el desarrollo de políticas en este campo. Políticas que están profundamente incrustadas en los contextos, valores y creencias particulares de cada país.

En particular, la política y servicios para la infancia temprana están fuertemente vinculados a las creencias culturales y sociales sobre los niños pequeños, los papeles de las familias y el gobierno y los propósitos de la educación y cuidado de la infancia temprana dentro y a través de los países.

En el informe se costata que se ha experimentado un incremento en las políticas de atención a la educación y el cuidado infantil en los países miembros de la OCDE durante la última década. Los políticos han reconocido que el acceso equitativo al cuidado y la educación de la primera infancia de calidad puede reforzar los cimientos del aprendizaje durante toda la vida de todos los niños y apoyar las grandes necesidades educativas y sociales de las familias.

La OCDE, basándose entonces en los informes preliminares, los informes por países y otros materiales reunidos explora siete tendencias políticas actuales a través de los países en referencia a la educación de la infancia temprana, las cuales son:

(1) la expansión de los servicios hacia el acceso universal;

(2) aumento de la calidad de los servicios;

(3) promoción de la coherencia y coordinación entre política y servicios;

(4) consideración de estrategias que aseguren la inversión adecuada en el sistema;

(5) mejora de la formación de personal y condiciones de trabajo;

(6) desarrollo de marcos de referencia pedagógicos apropiados para los niños pequeños; e

(7) involucrar a padres, familias y comunidades.

Para, finalmente plantear ocho estrategias para organizar las políticas de manera que promuevan el bienestar del niño en la infancia temprana y de sus familias:

§ Un enfoque sistemático e integrado sobre el desarrollo y puesta en práctica de políticas requiere una visión clara de la infancia, desde el nacimiento hasta los ocho años, en la política de ECIT y marcos de referencia políticos coordinados a niveles centralizados y descentralizados. Un ministerio debe hacer de guía en cooperación con otros departamentos y sectores para apoyar el desarrollo de políticas coherentes y participativas que respondan a las necesidades de diversos niños y sus familias. Los vínculos entre servicios, profesionales y padres también ayudan a promover la coherencia en los servicios para los niños.

§ Una relación fuerte y de igualdad con el sistema educativo que apoye el aprendizaje para toda la vida, desde el nacimiento, ayudando a que las transiciones sean suaves para los niños y reconociendo la ECIT como una parte importante del proceso educativo. Las relaciones fuertes con el sistema educativo proporcionan la oportunidad de aunar perspectivas y métodos diversos de ECIT y las escuelas, aprovechando los puntos fuertes de ambos enfoques.

§ Un enfoque universal al acceso, con atención particular a los niños que necesitan apoyo especial: si bien el acceso a la ECIT es casi universal para los niños mayores de tres años, se debe prestar más atención a la política (incluso a nivel de padres) y servicios para lactantes y bebés. Es importante asegurar el acceso equitativo para que todos los niños tengan iguales oportunidades de obtener una ECIT de calidad, sin tener en cuenta los ingresos familiares, situación de empleo de los padres, necesidades educativas especiales o procedencias étnicas o lingüísticas.

§ Inversión pública sustancial en servicios e infraestructura: aunque la ECIT pueda estar financiada por una combinación de fondos, existe la necesidad de una inversión gubernamental sustancial para apoyar un sistema sostenible de servicios accesibles de calidad. Los gobiernos tienen que desarrollar estrategias claras y consistentes para distribuir de manera eficiente los escasos recursos disponibles, incluyendo la inversión en una infraestructura para la planificación a largo plazo y los esfuerzos para mejorar la calidad.

§ Un enfoque participativo para asegurar y mejorar la calidad:  definir, mejorar y controlar la calidad debe ser un proceso democrático que involucre al personal, padres y niños. Se  necesitan estándares que regulen todas las formas de servicios, apoyada de inversión coordinada. Los marcos de referencia pedagógicos encaminados al desarrollo global del niño a través de las distintas edades pueden ayudar a mejorar la calidad.

§ Formación y condiciones de trabajo apropiadas para el personal en todas las formas de servicios: la ECIT de calidad depende de una buena formación de personal y de condiciones de trabajo justas en todo el sector. La formación inicial y en el empleo pueden ampliarse para tener en cuenta las crecientes responsabilidades educativas y sociales de la profesión. Hay una necesidad crítica de desarrollar estrategias para captar y retener una fuerza de trabajo cualificada y diversa y de ambos sexos para asegurar que una carrera en ECIT sea satisfactoria, respetada y viable financieramente.

§ La atención sistemática al control y recolección de información requiere procedimientos coherentes para recoger y analizar información sobre el status de los niños pequeños, ECIT y la fuerza de trabajo en educación de la primera infancia. Se necesitan esfuerzos internacionales para identificar y atender las lagunas de información existentes en el campo y las prioridades inmediatas para la recolección y estudio de la información.

§ Un marco de referencia estable y una agenda a largo plazo para la investigación y evaluación: como parte de un proceso continuo de mejora, tiene que haber una inversión sustancial para apoyar la investigación sobre los objetivos clave de política. La agenda de investigación debe ampliarse para incluir disciplinas y métodos que no están lo suficientemente representados en la actualidad. Se deben  considerar diversas estrategias para difundir los resultados de la investigación a diferentes públicos.

En este informe de OCDE también se plantea que otro de los retos planteados es la mejora de la captación, formación y remuneración de profesionales para la infancia temprana, especialmente de personal responsable del desarrollo y educación de niños menores de tres años.

A estos informes y declaraciones analizados previamente se unen otros como el informe del Marco de Acción de Santo Domingo, el informe del PNUD sobre Desarrollo Humano y Consumo, el de la Oficina Regional de Educación de la UNESCO “La Educación Preescolar y básica en América Latina y el Caribe”, los informes de las Cumbres sobre la Igualdad de la Mujer, la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural, entre otros, que de una manera u otra, de forma directa o indirecta, abogan por el acuerdo internacional de brindar atención, cuidado y educación a la niñez, desde el mismo momento del nacimiento, y en alguna ocasión con referencia incluso a la etapa prenatal. Esto indica el grado de con concienciación que progresivamente ha ido creándose en torno a este aspecto tan importante del desarrollo del ser humano.

Resta ahora a los Estados y gobiernos, así como a los órganos y organismos nacionales e internacionales que toda esta aspiración acordada y escrita llegue a ser una realidad.

No obstante, aún prevalece en muchos países el criterio de que hay que proveer la educación en esta etapa de la vida, para ayudar a la mujer trabajadora, o para posibilitar su incorporación al proceso de producción social.

Si bien esto es plausible, no puede constituir el factor fundamental para la atención a la educación de la primera infancia, pues este concepto la reduce a un enfoque de asistencia y servicio social para aquellas mujeres incorporadas al trabajo.

Esto, además, va en contra de los postulados principales de la Conferencia de Jomtiem, que señaló el deber insoslayable de los Estados de garantizar la educación para todos, así como que la educación ha de comenzar con el nacimiento, lo cual implica, no solamente propiciar cuidado, atención y educación de los niños de las madres trabajadoras, sino de todos los niños, independientemente del papel o status social de sus madres. Solo así se materializa la real esencia del espíritu de Jontiem.